Martín De Luna/LaExpresión
CIUDAD VICTORIA. —Con el propósito de robustecer el marco jurídico estatal en materia de persecución y sanción del delito de acecho, los integrantes del Pleno del Congreso del Estado aprobaron modificaciones sustanciales a los artículos 318 Ter y 318 Quater del Código Penal de Tamaulipas.
Esta reforma, dictaminada a partir de las iniciativas impulsadas por las diputadas Ana Laura Huerta Valdovinos y Cynthia Lizabeth Jaime Castillo, integrantes del Grupo Parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), da continuidad directa a la agenda legislativa de la Ley Valeria, una normativa enfocada en prevenir, atender y erradicar esta variante específica de violencia que vulnera la estabilidad emocional y física de los ciudadanos.
Las modificaciones aprobadas por la Legislatura 66 precisan de forma detallada la descripción típica de la conducta delictiva y reconfiguran su esquema procesal al establecer que el acecho se perseguirá formalmente por querella de la parte afectada.
No obstante, el nuevo andamiaje legal estipula excepciones punitivas determinantes al decretar que la persecución se iniciará de oficio, sin necesidad de denuncia previa, cuando la víctima sea menor de edad, pertenezca a un grupo en situación de vulnerabilidad o el presunto responsable ostente un cargo como servidor público, garantizando de esta manera un esquema de protección prioritaria para los sectores más expuestos de la población.
Aunado a lo anterior, el decreto legislativo amplía considerablemente el catálogo de circunstancias agravantes para elevar las penas aplicables. Entre los supuestos que incrementarán las sanciones se incluye la comisión del delito en contra de personas vulnerables, el uso de dispositivos tecnológicos o plataformas digitales para implementar esquemas de vigilancia o contacto no deseado, las conductas que alteren de forma significativa la vida cotidiana de la víctima y aquellas acciones que provoquen daños materiales directos en los bienes de la persona afectada o de su núcleo familiar.
Asimismo, la ley castigará con severidad a los funcionarios que utilicen datos personales obtenidos en el ejercicio de sus funciones para cometer el acecho, ordenando de forma obligatoria su destitución e inhabilitación inmediata para ocupar cargos públicos.

