Redacción/La Expresión
CIUDAD VICTORIA. —La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó disposiciones del Código Penal de Tamaulipas que catalogaban la homosexualidad como un elemento constitutivo del delito de corrupción de menores.
La decisión, tomada por unanimidad de los nueve ministros, deja sin efectos una reforma aprobada el año pasado por el Congreso estatal, dominado por Morena.
La Corte resolvió a favor de la acción de inconstitucionalidad 86/2024 presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), al considerar que la redacción del artículo 192 —que colocaba el “homosexualismo” en una lista junto a la ebriedad, el consumo de drogas y la prostitución— es abiertamente discriminatoria.
“El texto impugnado parte de la idea discriminatoria de que la homosexualidad constituye un riesgo para el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes”, afirmó el ministro Arístides Guerrero, autor del proyecto. Los ministros subrayaron que la orientación sexual forma parte de la identidad de cada persona y que tratarla como un comportamiento nocivo refuerza estigmas y estereotipos anticuados.
La Corte también declaró inconstitucional la referencia al “homosexualismo” en el artículo 193, que imponía penas de 5 a 10 años de prisión y multas de 400 a mil días de salario a quien indujera a un menor a prácticas como el alcoholismo, la prostitución o “las prácticas homosexuales”. Guerrero calificó esta disposición como “estigmatizante, regresiva, lacerante y violatoria del artículo primero constitucional”.
Durante la sesión, la ministra Lenia Batres lamentó que entre 2014 y 2025 se hayan documentado al menos 739 asesinatos y desapariciones de personas de la diversidad sexual y de género en México, y advirtió que reformas como la de Tamaulipas profundizan los riesgos y la violencia contra esta población.
La sentencia establece que la invalidez tiene efectos inmediatos y retroactivos al 20 de marzo de 2024, fecha en que la reforma fue publicada en el Periódico Oficial del Estado. Con ello, cualquier procedimiento o proceso iniciado bajo esos preceptos queda sin sustento jurídico.

